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Declaración de la Renta 2025: fechas, quién está obligado y qué debes revisar antes de presentarla

Patricia

Cada primavera comienza la campaña de la renta y muchos contribuyentes hacen lo mismo: entran en el borrador, ven si sale a pagar o devolver… y lo presentan sin revisarlo demasiado.

Pero aquí está el problema.

Cada año miles de declaraciones se presentan con errores, deducciones no aplicadas o datos incompletos. Y cuando Hacienda revisa la declaración tiempo después, pueden aparecer regularizaciones, recargos o sanciones.

Por eso la Declaración de la Renta 2025 (ejercicio fiscal 2024) no debería verse como un simple trámite, sino como una revisión importante de tu situación fiscal.

En este artículo te explicamos los plazos, quién está obligado a presentarla y qué aspectos conviene revisar antes de confirmarla.

Fechas de la campaña de la renta 2025

La campaña de la renta se desarrolla entre abril y junio.

Las fechas principales son:

  • 8 de abril de 2025 → comienza la presentación por internet
  • mayo → presentación por teléfono con cita previa
  • junio → atención presencial con cita previa
  • 30 de junio de 2025 → finaliza la campaña

Si tu declaración sale a pagar y quieres domiciliar el pago, deberás presentarla antes del 25 de junio.

¿Quién está obligado a presentar la renta 2025?

No todas las personas están obligadas a presentar la declaración, pero conviene revisarlo cada año.

En general deben presentarla quienes hayan tenido:

Rendimientos del trabajo

  • Más de 22.000 € de un solo pagador
  • Más de 15.876 € si hay dos o más pagadores, siempre que del segundo se hayan cobrado más de 1.500 €

También existe obligación si has tenido

  • ingresos por actividad económica o autónomos
  • alquileres
  • ganancias patrimoniales (venta de vivienda, acciones, etc.)
  • determinadas ayudas o subvenciones
  • operaciones con monedas virtuales

Incluso cuando no existe obligación, en algunos casos conviene presentarla porque puede salir a devolver.

Qué documentación conviene revisar antes de confirmar el borrador

El borrador que ofrece Hacienda no siempre incluye todos los datos correctamente, por lo que es recomendable revisar:

  • certificados de salarios y retenciones
  • datos bancarios
  • hipotecas
  • planes de pensiones
  • subvenciones o ayudas públicas
  • venta de inmuebles
  • datos familiares y deducciones por hijos

Aceptar el borrador sin revisar estos datos puede provocar errores que después Hacienda puede reclamar.

Situaciones que conviene revisar con especial atención

Hay algunas circunstancias que suelen generar errores o dudas en muchas declaraciones.

Si has tenido dos pagadores

Esto ocurre habitualmente cuando:

  • cambias de trabajo durante el año
  • cobras paro o prestaciones
  • recibes ingresos de distintas empresas

En estos casos suele haber menos retención de IRPF, por lo que muchas declaraciones terminan saliendo a pagar.

Si has vendido un inmueble

La venta de una vivienda genera una ganancia o pérdida patrimonial que debe declararse.

Para calcularla se tienen en cuenta:

  • precio de compra
  • gastos asociados
  • precio de venta
  • gastos de la venta

En determinados casos pueden existir exenciones, como la reinversión en vivienda habitual o mayores de 65 años.

Si has operado con criptomonedas

Las operaciones con monedas virtuales deben declararse cuando se realizan compraventas, intercambios o conversiones.

Cada operación puede generar ganancias o pérdidas patrimoniales.

Si has tenido actividad empresarial o eres autónomo

Si durante 2024 has desarrollado actividad económica, es fundamental revisar correctamente:

  • que todos los ingresos estén declarados
  • que los gastos deducibles estén bien registrados
  • que los gastos estén relacionados con la actividad y tengan factura

Errores habituales:

  • incluir gastos personales
  • olvidar gastos deducibles
  • registrar gastos sin factura válida

Además, si estás en los primeros años de actividad, existe un beneficio fiscal importante.

Durante los dos primeros años con beneficio, se puede aplicar una reducción del 20 % en el rendimiento neto de la actividad, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.

Deducciones que conviene revisar

Cada año muchos contribuyentes pierden dinero por no aplicar deducciones a las que tienen derecho.

Deducciones por hijos

Si tienes hijos puedes aplicar:

  • mínimo por descendientes
  • deducción por maternidad
  • deducciones relacionadas con guardería en determinados casos

Gastos de guardería

Las madres trabajadoras pueden aplicar deducciones por gastos de guardería autorizada, siempre que se cumplan los requisitos.

Deducción para trabajadores con discapacidad

Las personas con discapacidad o con familiares a cargo con discapacidad pueden aplicar beneficios fiscales específicos.

Mutualidades laborales

En determinados casos es posible reclamar devoluciones relacionadas con antiguas mutualidades laborales, lo que puede generar devoluciones fiscales.

Declarar ayudas y subvenciones

Muchas ayudas públicas deben declararse aunque no tengan retención.

Entre ellas pueden encontrarse:

  • ayudas al alquiler
  • subvenciones energéticas
  • ayudas para rehabilitación de vivienda

Es importante revisar todas las ayudas recibidas durante el año.

El error más común: aceptar el borrador sin revisarlo

Muchos contribuyentes piensan:

"Si Hacienda lo ha preparado, estará bien."

Pero la Agencia Tributaria utiliza información que recibe de terceros, y esa información puede ser incompleta o incorrecta. Y cuando hay un error, la responsabilidad siempre es del contribuyente

¿Quieres revisar tu declaración de la renta con un asesor?

Cada situación fiscal es diferente.

Cambios de trabajo, actividad como autónomo, venta de vivienda, ayudas públicas o deducciones familiares pueden hacer que tu declaración necesite una revisión más detallada.

En nuestro despacho revisamos tu renta para que:

  • no pierdas deducciones fiscales
  • pagues solo lo que corresponde
  • evites errores que puedan generar problemas con Hacienda

Si quieres que revisemos tu declaración de la renta, contacta con nosotros y estudiaremos tu caso.

Porque presentar la renta es obligatorio…
pero hacerlo bien marca la diferencia.

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